Estados Financieros Reconversión


Los Estados Financieros referentes a cierres contables finalizados a partir del 1 de octubre de 2021 deberán ser preparados y presentados en la nueva expresión monetaria del Bolívar, al igual que cualquier información comparativa.

La preparación y presentación de los Estados Financieros correspondientes a ejercicios concluidos antes del 1 de octubre de 2021, cuya aprobación se efectúe con posterioridad a dicha fecha, deberá realizarse en bolívares actuales de acuerdo con los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados. A los efectos de comparación con ejercicios posteriores, los saldos contables de dichos estados financieros se convertirán a la nueva expresión monetaria del Bolívar.

 Los saldos de auxiliares y cuentas de contabilidad correspondientes a ejercicios concluidos antes del 1 de octubre de 2021, deberán ser convertidos a la nueva expresión monetaria del Bolívar, con la finalidad de ser utilizados como saldos iniciales para los siguientes períodos. 

Los Estados Financieros referentes a cierres contables finalizados a partir del 1 de octubre de 2021 deberán ser preparados y presentados en la nueva expresión monetaria del Bolívar, al igual que cualquier información comparativa.

Podra encontrar Lineamientos Nueva Expresión Monetaria en nuestro apartado de Documentos en Normativa Vigente.